New Mexico Register / Volume XXIX, Issue 12 / June 26, 2018

 

 

NOTIFICACIÓN DE AUDIENCIA PÚBLICA DE REGLAMENTACIÓN

 

La Junta de Mejora Ambiental de Nuevo México (Junta) celebrará una audiencia pública el 28 de septiembre, 2018, a las 9:30 a.m., en New Mexico Farm and Ranch Heritage Muses, 4100 Dripping Springs Road, Las Cruces, New Mexico. El motivo de la audiencia pública es considerar el asunto del BEI 18-04 (R), revisiones propuestas al Plan de Implementación Estatal de Nuevo México (SIP, por su sigla en inglés) con respecto al Reglamento de Control de la Calidad del Aire codificado en el Código Administrativo de Nuevo México (NMAC, por su sigla en inglés), en 20.2.3 NMAC, Estándares de Calidad Ambiental del Aire.

 

El proponente de esta enmienda regulatoria es el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés).

 

El motivo de la audiencia pública es considerar y posiblemente tomar medidas en una petición de NMED para revocar los estándares de calidad ambiental del aire de Nuevo México para partículas suspendidas totales (TSP, por su sigla en inglés) contenidas en 20.2.3.109 NMAC. La Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. reemplazó los estándares nacionales de calidad ambiental del aire (NAAQS, por su sigla en inglés) por TSP con PM10 en 1987. La Oficina de Calidad del Aire dejó de monitorear el ambiente para TSP en 1998. La Oficina de Calidad del Aire realizó un análisis exhaustivo de estos estándares y concluyó que la revocación de los estándares no dará como resultado una relajación de los controles de emisiones o un efecto adverso en la calidad del aire, y que no es necesario mantener los NAAQS para material particulado en Nuevo México. Si la Junta lo adopta, la revocación del 20.2.3.109 NMAC será presentada a EPA para su eliminación del SIP de Nuevo México.

 

El texto completo de la revocación del reglamento propuesto por NMED está disponible en el sitio web de la Oficina de Calidad del Aire en https://www.env.nm.gov/air-quality/proposed-regs/ o comunicándose con Kerwin Singleton al 505-476-4350 o kerwin.singleton@state.nm.us. La revocación del reglamento propuesto también se puede examinar durante horas hábiles en Air Quality Bureau office, 525 Camino de los Marquez, Suite 1, Santa Fe, New Mexico, 87505.

 

La audiencia se llevará a cabo en acordancia con: 20.1.1 NMAC, Procedimientos de Reglamentación - Junta de Mejora Ambiental; la Ley de Mejora Ambiental, NMSA 1978, Sección 74-1-9; la Ley de Control de Calidad del Aire, NMSA 1978, Sección 74-2-6; y otros procedimientos aplicables.

 

A todas las personas interesadas se les dará una oportunidad razonable en la audiencia pública para presentar pruebas, datos, puntos de vista y argumentos relevantes, oralmente o por escrito, para presentar pruebas y para examinar a los testigos. Las personas que deseen presentar testimonio técnico deben presentar ante la Junta, por escrito, una Notificación de Intención de hacerlo. La Notificación de Intención deberá:

 

(1) identificar a la persona para la cual testificará el/los testigo/s;

(2) identificar a cada testigo técnico que la persona tiene la intención de presentar y declarar las calificaciones de ese testigo, incluida una descripción de su historial educativo y laboral;

(3) incluir una copia del testimonio directo de cada testigo técnico en forma narrativa;

(4) incluir el texto de cualquier modificación recomendada al cambio regulatorio propuesto; y

(5) hacer una lista y adjuntar todas las pruebas anticipadas que ofrecerá esa persona en la audiencia, incluida cualquier declaración propuesta de motivos para la adopción de normas.

 

Las Notificaciones de Intención de presentar testimonio técnico en la audiencia deben ser recibidas en la Oficina del Consejo antes de las 5:00 p.m. del 7 de septiembre de 2018, y deben hacer referencia al número de expediente, EIB 18-04 (R), y la fecha de la audiencia. Las Notificaciones de Intención para presentar un testimonio técnico deben ser enviadas a:

 

Pam Castañeda, Administrator for Boards & Commissions

Environmental Improvement Board

c/o New Mexico Environment Department

P. O. Box 5469

Santa Fe, NM 87502

Phone: (505) 827-2425, Fax (505) 827-1628

email: pam.castaneda@state.nm.us

 

Cualquier miembro del público puede testificar en la audiencia. No se requiere notificación previa para presentar un testimonio no técnico en la audiencia. Cualquiera de estos miembros también pueden ofrecer pruebas no técnicas en relación con su testimonio, siempre y cuando las pruebas no sean excesivamente repetitivas del testimonio.

 

Un miembro del público que desee presentar una declaración escrita para el registro, en lugar de proporcionar un testimonio oral en la audiencia, deberá presentar la declaración escrita antes de la audiencia o presentarla durante la audiencia.

 

Las personas que tienen una discapacidad y necesitan ayuda para participar en este proceso deben comunicarse con Pam Castañeda, Administradora de Juntas y Comisiones, al menos diez días antes de la reunión o tan pronto como sea posible a la dirección anterior o enviar un correo electrónico a pam.castaneda@state.nm.us. Los usuarios de TDY pueden acceder a su número a través de la Red de Retransmisión de Nuevo México llamando al 1-800-659-8331.

 

La Junta puede tomar una decisión sobre la revocación del reglamento propuesto al final de la audiencia, o la Junta puede convocar una reunión después de la audiencia para considerar acciones sobre la propuesta.

 

El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. NMED es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y la recepción de consultas relativas a los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. partes 5 y 7, incluido el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de Contaminación del Agua de 1972. Si usted tiene preguntas sobre este aviso o sobre cualquier programa, política o procedimiento de no discriminación de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación:

 

Kristine Pintado, Non-Discrimination Coordinator

New Mexico Environment Department

1190 St. Francis Dr., Suite N4050

P.O. Box 5469

Santa Fe, NM 87502

(505) 827-2855

nd.coordinator@state.nm.us

 

Si usted piensa que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/non-employee-discrimination-complaint-page/ para aprender cómo y dónde presentar una queja de discriminación.