New Mexico Register / Volume
XXIX, Issue 12 / June 26, 2018
NOTIFICACIÓN
DE AUDIENCIA PÚBLICA DE REGLAMENTACIÓN
La Junta de Mejora Ambiental de Nuevo México
(Junta) celebrará una audiencia pública el 28 de septiembre, 2018, a las 9:30 a.m., en
New Mexico Farm and Ranch Heritage Muses, 4100 Dripping Springs Road, Las
Cruces, New Mexico. El motivo de la audiencia pública es considerar el asunto del BEI 18-04 (R), revisiones
propuestas al Plan de Implementación
Estatal de Nuevo México (SIP, por
su sigla en inglés) con respecto al Reglamento de Control
de la Calidad del Aire codificado en el Código Administrativo de Nuevo
México (NMAC, por su sigla en inglés),
en 20.2.3 NMAC, Estándares
de Calidad Ambiental del Aire.
El
proponente de esta enmienda regulatoria es el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por
su sigla en inglés).
El motivo de la audiencia pública es considerar
y posiblemente tomar medidas en una
petición de NMED para revocar
los estándares de calidad ambiental del aire de Nuevo México para partículas suspendidas totales (TSP, por su sigla en
inglés) contenidas en 20.2.3.109 NMAC. La Agencia de
Protección Ambiental de EE.
UU. reemplazó
los estándares nacionales de calidad ambiental del aire (NAAQS, por su sigla
en inglés) por TSP con PM10 en 1987. La Oficina de Calidad del Aire dejó
de monitorear el ambiente
para TSP en 1998. La Oficina
de Calidad del Aire realizó un análisis exhaustivo de estos estándares y concluyó que la revocación de los estándares no dará como resultado
una relajación de los controles de emisiones o un efecto adverso en la calidad
del aire, y que no es necesario mantener los NAAQS para material particulado
en Nuevo México. Si la Junta lo adopta,
la revocación del 20.2.3.109
NMAC será presentada a EPA
para su eliminación del SIP
de Nuevo México.
El texto completo de la revocación del reglamento propuesto por NMED está disponible en el sitio web de la Oficina de Calidad del Aire en
https://www.env.nm.gov/air-quality/proposed-regs/ o comunicándose
con Kerwin Singleton al 505-476-4350 o kerwin.singleton@state.nm.us. La revocación
del reglamento propuesto también se puede examinar durante horas hábiles en Air Quality
Bureau office, 525 Camino de los Marquez, Suite 1, Santa Fe, New Mexico, 87505.
La audiencia se llevará a cabo en acordancia
con: 20.1.1 NMAC, Procedimientos de Reglamentación - Junta de Mejora Ambiental; la Ley de Mejora Ambiental, NMSA 1978, Sección
74-1-9; la Ley de Control de Calidad del Aire, NMSA 1978, Sección 74-2-6; y otros procedimientos aplicables.
A
todas las personas interesadas
se les dará una oportunidad razonable en la audiencia pública para presentar pruebas, datos, puntos de vista y argumentos relevantes, oralmente o por escrito, para presentar pruebas y para examinar a los testigos. Las personas que deseen presentar
testimonio técnico deben presentar ante la Junta, por escrito, una
Notificación de Intención
de hacerlo. La Notificación
de Intención deberá:
(1) identificar a la persona para la cual testificará el/los testigo/s;
(2) identificar a cada
testigo técnico que la
persona tiene la intención
de presentar y declarar las
calificaciones de ese testigo,
incluida una descripción de su historial educativo y laboral;
(3) incluir una
copia del testimonio directo de cada testigo técnico en forma narrativa;
(4) incluir el texto
de cualquier modificación recomendada al cambio regulatorio propuesto; y
(5) hacer una
lista y adjuntar todas las pruebas anticipadas que ofrecerá esa persona en la audiencia, incluida cualquier declaración propuesta de motivos para la adopción de normas.
Las Notificaciones de Intención de presentar testimonio técnico en la audiencia
deben ser recibidas en la Oficina del Consejo antes de las
5:00 p.m. del 7 de septiembre de 2018, y deben hacer referencia
al número de expediente,
EIB 18-04 (R), y la fecha de la audiencia.
Las Notificaciones de Intención
para presentar un testimonio técnico deben ser enviadas
a:
Pam Castañeda, Administrator for Boards & Commissions
Environmental
Improvement Board
c/o New Mexico Environment Department
P. O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
Phone: (505)
827-2425, Fax (505) 827-1628
email: pam.castaneda@state.nm.us
Cualquier miembro del
público puede testificar en la audiencia. No se requiere notificación previa para presentar un testimonio
no técnico en la audiencia. Cualquiera de estos miembros también pueden ofrecer pruebas no técnicas en relación
con su testimonio, siempre y cuando las pruebas no sean
excesivamente repetitivas
del testimonio.
Un miembro del público que desee presentar una declaración
escrita para el registro, en lugar de proporcionar
un testimonio oral en la audiencia, deberá presentar la declaración escrita antes de la audiencia o presentarla durante la audiencia.
Las personas que tienen una discapacidad y necesitan ayuda para participar en este
proceso deben comunicarse con Pam Castañeda, Administradora de Juntas y Comisiones,
al menos diez días antes de la reunión o tan
pronto como sea posible a
la dirección anterior o enviar
un correo electrónico a
pam.castaneda@state.nm.us. Los usuarios
de TDY pueden acceder a su número a través
de la Red de Retransmisión de Nuevo México llamando al 1-800-659-8331.
La Junta puede tomar una decisión
sobre la revocación del reglamento propuesto al final de
la audiencia, o la Junta puede convocar una reunión después
de la audiencia para considerar
acciones sobre la propuesta.
El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por su sigla en
inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional,
discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades,
según lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. NMED es
responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y la recepción
de consultas relativas a los requisitos de no discriminación implementados por
40 C.F.R. partes 5 y 7, incluido el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de
1964, según enmendada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de
Discriminación por Edad de 1975, Título IX de las Enmiendas de Educación de
1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de
Contaminación del Agua de 1972. Si usted tiene preguntas sobre este aviso o
sobre cualquier programa, política o procedimiento de no discriminación de
NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación:
Kristine Pintado,
Non-Discrimination Coordinator
New Mexico
Environment Department
1190 St. Francis
Dr., Suite N4050
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
(505) 827-2855
Si usted piensa que ha sido discriminado con respecto a un programa o
actividad de NMED, usted puede comunicarse con la Coordinadora de No
Discriminación antes indicada o visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/non-employee-discrimination-complaint-page/ para aprender cómo y
dónde presentar una queja de discriminación.